El
6 de noviembre de 2012 se celebrarán las elecciones generales para
escoger al Gobernador de Puerto Rico, al Comisionado Residente en
Wasington, a los representantes y legisladores, a los alcaldes de
todos los municipios y a las asambleas municipales. Además, se llevará a cabo un plebiscito sobre el estatus.
El
derecho al voto está protegido por la Carta de Derechos de nuestra
Constitución, en su Artículo II, el cual dispone:
ARTICULO II
CARTA DE DERECHOS
Sección 1.
Dignidad e igualdad del ser humano; discrimen, prohibido.
La dignidad del ser
humano es inviolable. Todos los hombres son iguales ante la Ley. No
podrá establecerse discrimen alguno por motivo de raza, color,
sexo, nacimiento, origen o condición social, ni ideas políticas o
religiosas. Tanto las leyes como el sistema de instrucción
pública encarnarán estos principios de esencial igualdad humana.
Sección 2.
Sufragio, franquicia electoral.
Las leyes
garantizarán la expresión de la voluntad del pueblo mediante el
sufragio universal, igual, directo y secreto, y protegerán al
ciudadano contra toda coacción en el ejercicio de la prerrogativa
electoral.
El ejercicio del
derecho al voto está regulado por el Código
Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI, Ley Núm. 78 de 1
de junio de 2011, el cual derogó la Ley Núm. 4 de
20 de diciembre de 1977, según enmendada, conocida como “Ley
Electoral de Puerto Rico”
EL
CAPÍTULO VI ELECTORES E INSCRIPCIONES del Código Electoral
en su Artículo 6.001 dispone:
Reconocemos como
válidos y esenciales los siguientes derechos y prerrogativas a los
efectos de garantizar el libre ejercicio de la franquicia electoral,
así como lograr la más clara expresión de la voluntad del pueblo:
1. la
administración de los organismos electorales de Puerto Rico dentro
de un marco de estricta imparcialidad, pureza y justicia;
2. la garantía
a cada persona del derecho al voto, igual, libre, directo y secreto
….
El
Artículo 6.003 del mismo Código establece los requisitos para ser
elector:
Artículo 6.003.-Requisitos del Elector.-
Será elector de
Puerto Rico todo ciudadano de los Estados Unidos de América y de
Puerto Rico domiciliado legalmente en la jurisdicción de Puerto Rico
y que a la fecha del evento electoral programado haya cumplido los
dieciocho (18) años de edad, esté debidamente cualificado con
antelación a la misma, y no se encuentre incapacitado mentalmente
según declarado por un Tribunal.
El
Artículo 6.006 habla sobre la garantía del derecho al voto y que no
se podrá arrestar a una persona mientras vaya a inscribirse o a
votar excepto por la comisión de un delito grave.
Artículo
6.006.-Garantía del Derecho al Voto.-
A
no ser en virtud de lo dispuesto en esta Ley o de una orden emitida
por un Tribunal de Justicia con competencia para ello, no se podrá
rechazar, cancelar, invalidar o anular el registro o inscripción
legal de un elector o privar a un elector calificado de su derecho al
voto mediante reglamento, orden, resolución, interpretación o
cualquier otra forma que impida lo anterior.
No podrá
arrestarse a un elector mientras vaya a inscribirse o a votar,
estuviere inscribiéndose o votando, o cuando regresare de
inscribirse o de votar excepto por la comisión de hechos que dieren
lugar a una acusación de delito grave, delito electoral o
perturbación del orden público.
Como
hemos visto, tanto la Constitución de Puerto Rico como el Código
Electoral de Puerto Rico, protegen nuestro derecho al voto. No se nos
puede negar ese derecho ni por razón de raza, color, sexo,
nacimiento, origen o condición social, ni por ideas políticas o
religiosas. Tenemos derecho a un voto secreto y nos tienen que
garantizar la pureza del proceso. Pero no siempre fue así.
Les
voy a presentar una cronología de cómo evoluciona el derecho al
voto en Estados Unidos porque somos un territorio de esa nación.
El
2 de julio de 1776, en la constitución del estado de Nueva Jersey se
permite que "todos los habitantes...que valgan cincuenta libras"
puedan votar, incluyendo a mujeres y personas de color. En 1807 la
ley se enmienda para especificar que solamente los hombres blancos
pueden votar.
George
Washington es electo primer Presidente de los Estados Unidos el 4 de
febrero de 1789.
En
enero de 1790, los estados de Connecticut, Delaware, Rhode Island,
Virginia, Maryland, Nueva Jersey, Carolina del Norte, Nueva York,
Massachusetts y Carolina del Sur, exigen posesión de propiedad para
poder votar. El 10 de noviembre de 1821, Nueva
York ratifica su constitución, y elimina los requisitos de tener
propiedad para poder votar a los blancos, pero los "hombres de
color" tienen que haber poseído bienes que excedan un valor de
$250 por un año para poder votar.
La
primera Convención de los Derechos de la Mujer se celebra en Seneca
Falls, Nueva York, del 19 al 21 de julio de 1848. Elizabeth Cady
Stanton da a conocer por primera vez la meta de lograr el sufragio de
la mujer en su Declaración de Sentimientos, la cual está basada en
la Declaración de Independencia.
El
22 de septiembre de 1862, Abraham Lincoln, como comandante en
jefe, declara la Proclamación de Emancipación, la cual establecía
la libertad de todos los esclavos en los Estados Confederados de
América y el 6 de diciembre de 1865, con la
Enmienda Decimotercera a la Constitución, se ratifica la abolición
de la esclavitud en los Estados Unidos. En 1866 se aprueba la Ley de
Derechos Civiles, declarando que toda persona nacida en los Estados
Unidos es ciudadano, sin importar raza, color o condición previa de
servidumbre.
En
1867 se aprueba la Ley de Reconstrucción, la cual dividide a los
estados anteriormente Confederados en cinco distritos militares.
Éstos no serían aceptados en la Unión hasta que aprobaran las
constituciones estatales otorgándoles el derecho al voto a los
afroamericanos y ratificaran la Enmienda Décimocuarta a la
Constitución de los Estados Unidos.
La
Asociación Nacional de Sufragio para la Mujer (NWSA) se establece en
la ciudad de Nueva York el 22 de mayo de 1869, con Elizabeth Cady
Stanton como su primera presidenta. Lucy Stone, Henry Blackwell y
Julia Ward Howe crean la Asociación Americana de Sufragio para la
Mujer (AWSA) el 27 de mayo de 1869 en Boston y en 1890 se unen ambas
asociaciones.
El
3 de febrero de 1870 se ratifica la Enmienda Decimoquinta a la
Constitución de los Estados Unidos, declarando que no se le puede
negar el derecho al voto a los ciudadanos por razón de “raza,
color, o condición previa de servidumbre.” Y el 25 de febredo de
ese mismo año, Hiram Revels, republicano de Mississippi, se
convierte en el primer afroamericano electo al Senado de los Estados
Unidos. Un año después, se aprueba el Enforcement Act,
estableciendo penalidades criminales a quien impida el sufragio
protegido bajo dicha enmienda.
El
5 de noviembre de 1872, doce mujeres, entre ellas Susan B. Anthony,
fueron arrestadas en Rochester, Nueva York por votar en la elección
presidencial.
El
Congreso de los Estados Unidos aprueba la Ley de Derechos Civiles el
1 de marzo de 1875 prohibiendo la discriminación racial en hoteles,
teatros, transportes públicos y selección de jurado. En 1883 la
Corte Suprema de los Estados Unidos anula la ley.
El
5 de marzo de 1875, un republicano de Mississippi, Blanche K. Bruce,
hijo de una esclava y un agricultor blanco, se convierte en el primer
afroamericano electo al Senado de los Estados Unidos en servir un
término completo, de 1875 a 1881.
En
1887, Susanna Medora Salter se convierte en la primera mujer electa
alcaldesa de un pueblo en los Estados Unidos, en Argonia.
Wyoming
es el primer estado que le otorga derechos completos de sufragio a la
mujer. Esto ocurre el 10 de julio de 1890.
[En
1898, España firma el Tratado de París con Estados Unidos y cede a
Puerto Rico, pasando a ser territorio de esta nación.]
El
13 de marzo de 1913 más de 6,000 personas participan en la Parada de
Sufragio para la Mujer (Women’s Suffrage Parade) en Washington,
D.C., dirigida por la Asociación Americana de Sufragio para la
Mujer. Veinticinco mil mujeres desfilaron en la ciudad de Nueva York
en busca del derecho al voto el 23 de octubre de 1915.
El
7 de noviembre de 1916 una republicana de Montana, Jeannette Rankin,
es la primera mujer electa al Congreso.
Alice
Paul y el Partido Nacional de la Mujer (National Woman’s Party)
comienzan un piquete frente a la Casa Blanca el 10 de enero de 1917,
el cual termina en noviembre de 1917 luego de que el estado de Nueva
York le otorgó a las mujeres los derechos completos de sufragio. Los
estados de North Dakota, Ohio, Indiana, Rhode Island, Nebraska,
Michigan, Nueva York y Arkansas le conceden el voto a la mujer el 6
de noviembre de ese mismo año.
[El
2 de marzo de 1917, se aprueba el Acta Jones concediéndole la
ciudadanía a todos los puertorriqueños.]
Del
14 al 16 de febrero de 1920 se funda la Liga de Mujeres Votantes
(League of Women Voters), la cual estaba presidida por Maud Wood
Park. En agosto de ese mismo año, la Enmienda Decimonovena a la
Constitución de los Estados Unidos garantiza el sufragio a la mujer.
[Ya habían transcurrido 50 años desde que se les garantizó el
derecho al voto a los hombres negros, aun cuando tuviesen condición
previa de servidumbre.]
Nellie
Tayloe Ross de Wyoming y Miriam A. Ferguson de Texas, se convierten
en las primeras mujeres electas como gobernadoras de estado, el 4 de
noviembre de 1924.
[En
1928 se aprueba en Puerto Rico una ley que permite que las mujeres
puedan votar, pero solo si saben leer y escribir.]
El
12 de julio de 1932, en una elección especial, Hattie Wyatt Caraway
de Arkansas se convierte en la primera mujer electa al Senado de los
Estados Unidos, sucediendo a su esposo, quien había fallecido.
[Habían transcurrido 57 años desde que el primer afroamericano fue
electo al Senado de los Estados Unidos.]
El
31 de diciembre de 1953, Hulan Jack se convierte en el primer
afroamericano en ser juramentado como Presidente del municipio de
Manhattan.
La
Carta de Derechos Civiles, se aprueba el 9 de septiembre de 1957,
permitiendo que el gobierno federal pueda demandar a favor de los
ciudadanos y creando la Comisión de Derechos Civiles de los Estados
Unidos.
El
29 de marzo de 1961, se ratifica la Enmienda Vigesimotercera a
la Constitución de los Estados Unidos, y se le otorga, por primera
vez, el derecho a votar en las elecciones presidenciales de los
Estados Unidos a los residentes de Washington, D.C..
La
Conferencia de Liderato de Cristianos del Sur (Southern Christian
Leadership Conference, SCLC) y la SNCC (Non-Violent Coordinating
Committee) dirigen una protesta pacifista en Selma, Alabama en contra
de las injustas pruebas de inscripción para poder votar (voters
registration tests) el 7 de marzo de 1965. Cientos de manifestantes
fueron brutalmente atacados por oficiales de la policía que
utilizaron macanas y gases lacrimógenos, en lo se conoce como el
“Domingo Sangriento” (Bloody Sunday). El 6 de agosto
de ese mismo año, se aprueba la Ley de Derecho al Voto, la
cual autoriza al Ministro de Justicia de los Estados Unidos a enviar
examinadores federales a inscribir votantes negros. Además, se
autoriza a suspender las pruebas de alfabetización en los estados
donde las inscripciones de personas con edad para votar o el número
de personas que votaron en las elecciones de 1964 fuera menor del
50%.
El
8 de noviembre de 1966 se elige en Texas a la primera mujer
afroamericana al Senado desde 1883, Barbara Jordan. Más tarde es
electa al Congreso de los Estados Unidos.
La
Enmienda Vigesimosexta a la Constitución de los Estados Unidos le
otorga el derecho de votar a los jóvenes entre los 18 y 20 años de
edad, el 23 de marzo de 1971. La Ley de Derecho al Voto se enmienda
el 6 de agosto de 1975 para que incluya derechos para las minorías
que hablan otros idiomas.
No
es hasta septiembre de 1984, que se aprueba la Ley de Acceso
para Envejecientes y Personas Impedidas (Voting Accessibility for the
Elderly and the Handicapped Act), requiriendo “acceso a los lugares
de inscripción y a los colegios electorales durante las elecciones
federales para los envejecientes y personas impedidas.” Y, en 1990,
se aprueba la Ley American with Disabilities requiriendo que
haya acceso completo a las escuelas electorales para las personas con
impedimentos.
Como
hemos podido ver, muchos son los años que transcurren para que todos
tengamos el mismo derecho al voto. Desde 1776, donde solo los hombres
blancos con propiedad podían votar, hasta 1870 donde no se puede
negar el derecho al voto por razón de raza, color o condición
previa de servidumbre, transcurrieron 94 años, casi un siglo.
Finalmente, en 1920 cuando se le garantiza por la Constitución el
derecho al voto a la mujer, habían transcurrido 144 años desde que
los hombres blancos podían votar y 50 años desde que se le había
concedido ese derecho a los negros. En 1971 se le garantiza el
derecho a votar a los jóvenes entre 18 a 20 años.
Es
mucho lo que se ha tenido que luchar y muchas las vidas que se han
perdido para que hoy día todos, blancos, negros, hombres, mujeres,
ricos o pobres tengamos el derecho a votar. Pero, tal parece que la
gente desconoce, olvida o simplemente no les importa lo que otros
sacrificaron para que nosotros disfrutáramos de ese derecho.
Creo
que el voto no es solamente el derecho a escoger las personas que
van a dirigir un país o a representarnos. Al repasar toda la
historia y lo difícil que ha sido el que hoy yo, como mujer hispana,
ciudadana de los Estados Unidos tenga el derecho a votar, me hace
darme cuenta de que es un deber. Se lo debemos a todos esos hombres y
mujeres que lucharon por lograr la igualdad. Además, los jóvenes,
que muchas veces dan por sentado lo que tienen, parecen que no
aprecian el esfuerzo que hicieron sus antepasados para que hoy sea
tan fácil para ellos votar.
A
pesar de todo lo que se ha logrado, creo que falta mucho por
alcanzar. No entiendo cómo hoy, en el Siglo XXI, hayamos ciudadanos
americanos que, aun cuando la Constitución de Estados Unidos
garantiza el derecho de los ciudadanos a votar en primarias o por el
presidente, por senador o representante en el Congreso, y establece
que este derecho no será
negado o restringido por los Estados Unidos o por cualquier estado
por haber dejado de pagar alguna capitación o cualquier otra
contribución, no podamos votar en las elecciones presidenciales ni
tengamos representación en el Congreso, a pesar de residir en un territorio de Estados Unidos. Pero eso es tema para otra
columna.
El
6 de noviembre sal a votar. Al así hacerlo, no sólo estarás
ejerciendo tu derecho, sino que estarás cumpliendo con tu deber como ciudadano hacia las personas que lucharon para que tuvieras hoy el derecho a votar,
con tu deber hacia tus hijos y hacia Puerto Rico.
Referencias: