El 11 de noviembre en la tarde un sujeto disparó a su excompañera delante de sus tres hijas en un supermercado Amigo en el Aguadilla Mall y luego intentó suicidarse. En estos momentos tiene muerte cerebral. El sujeto estaba libre bajo fianza tras haber violado la orden de protección por acoso y amenazas que había en su contra. Una historia lamentable que constantemente se repite en Puerto Rico.
El 15 de agosto de 1989 se creó la Ley de prevención en intervención con la violencia doméstica. En aquél momento el Gobierno de Puerto Rico reconoció que la violencia doméstica era uno de los problemas más graves y complejos que confrontaba nuestra sociedad. Hoy día lo sigue siendo.
En el año 2000 se creó la ley Núm. 329 para establecer el Comité Interagencial para el estudio de la violencia doméstica en Puerto Rico. El comité estaría compuesto por 13 personas, incluyendo la Directora Ejecutiva de la Comisión para Asuntos de la Mujer, el Secretario del Departamento de Justicia, el Superintendente de la Policía, el Secretario del Departamento de Salud, el Secretario del Departamento de Rehabilitación y Corrección, el Secretario del Departamento de la Familia, una víctima de violencia doméstica y los presidentes de las Comisiones Asuntos de la Mujer de la Cámara y el Senado, entre otros.
El 26 de agosto de 2005 se creó la Ley Núm 88 para requerir la promulgación e implantación de un Protocolo de Intervención con víctimas sobrevivientes de violencia doméstica. El propósito de esta ley es desarrollar estrategias de intervención multidisciplinarias y servicios de protección y apoyo para las víctimas/sobrevivientes de violencia doméstica y sus hijos. La Asamblea Legislativa de Puerto Rico elevó a rango de ley el requisito de establecer Protocolos de Intervención con Víctimas/Sobrevivientes de violencia doméstica para que estos sirvan de guía de cumplimiento para los funcionarios de agencias gubernamentales que intervienen en las etapas del proceso de ayuda con la víctima/sobreviviente y con los niños bajo su custodia.
La Ley Núm 99 de 2009 se creó para establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico la creación del Programa de Vigilancia, Protección y Prevención para atender los casos de violencia doméstica agravada.
Y tan reciente como el 27 de julio de 2011 se creó la Ley Núm. 156 para ordenar a la Administración de Familias y Niños que desarrolle una guía de orientación a los ciudadanos para la intervención temprana con los hijos que presencian el asesinato o maltrato.
La lista de leyes y enmiendas creadas por la legislatura parece interminable. ¿Pero qué se ha logrado con esto? Tal parece que nada.
La historia de la violencia contra la mujer es muy antigua. La mujer tuvo que luchar por mucho tiempo para lograr que se considerara su opinión para votar, lograr obtener puestos de empleo que antes se consideraban sólo para hombres, pero la lucha para que su compañero la valore y la respete aún continúa. El problema es que hay una escasez de valores morales y religiosos.
No importa que hayan 20 leyes distintas en contra de la violencia doméstica ni que hayan varios pasajes en la Biblia que enseñen al hombre a cómo tratar a su mujer, si en el hogar los padres no procuran que sus hijos aprendan estas enseñanzas. Es sumamente importante que el padre enseñe a sus hijos a respetar a la mujer y que la madre enseñe a sus hijas a darse a respetar.
Pero, como siempre he dicho, estamos tan acostumbrados a ver lo que está mal, que al final ya no lo vemos tan mal. Estamos tan acostumbrados a ver que un hombre le grita u ofende a una mujer, que al final decimos que son solo los problemas normales de una pareja. Estamos tan acostumbrados a escuchar noticias en donde un hombre mata a su compañera, que el hecho de que un hombre le grite improperios a su mujer ya no lo vemos como violencia doméstica.
Según la Ley 54, violencia doméstica significa un patrón de conducta constante de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación o persecución contra una persona por parte de su cónyuge, ex cónyuge, una persona con quien cohabita o haya cohabitado, con quien sostiene o haya sostenido una relación consensual o una persona con quien se haya procreado una hija o hijo, para causarle daño físico a su persona, sus bienes o a la persona de otro o para causarle grave daño emocional.
La violencia psicológica significa un patrón de conducta constante ejercitada en deshonra, descrédito o menosprecio al valor personal, limitación irrazonable al acceso y manejo de los bienes comunes, chantaje, vigilancia constante, aislamiento, privación de acceso o alimentación o descanso adecuado, amenazas de privar de la custodia de los hijos o hijas, o destrucción de objetos apreciados por la persona, excepto aquellos que pertenecen privativamente al ofensor.
En otras palabras, la violencia doméstica abarca muchas cosas. No es solo que una persona agreda a su pareja, incluye todo maltrato psicológico y emocional.
Es importante que enseñemos a nuestros hijos a respetar y a amar a los demás. Brindémosle todo nuestro amor desde pequeños para que en el futuro sean hombres y mujeres de bien. Rompamos ya el círculo de la violencia doméstica!!!
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